Cómo solicitar refugio o asilo en España

Existen situaciones en las que algunos individuos se ven obligados a abandonar sus países de origen debido a situaciones políticas, sociales, religiosas y étnicas, que hacen de su estancia en dicho lugar un peligro para su vida y/o la de sus parientes. 

Es por ello, que en la Asamblea General de Naciones Unidas realizada el 14 de Diciembre de 1950 se acordó la creación de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR según sus siglas), una institución internacional destinada a la protección de los refugiados a nivel internacional. 

A través de la convención sobre el estatuto de los refugiados hecha un año más tarde, se definió el concepto jurídico de “refugiado” y se estableció el tratamiento que estos deben recibir por parte de los países que se adhirieron a la convención. 

Posteriormente, en 1967 acabó por unificar todas las resoluciones adicionales, ampliando así el marco de actuación de ACNUR. Debido al problema cada vez más creciente relacionado a los desplazados, la ACNUR ha ido adquiriendo cada vez mayor importancia a nivel internacional y con ello, las disposiciones jurídicas de cada uno de los países miembros en la materia. 

España es uno de los países firmantes de estos convenios con respecto al tratamiento de refugiados y es por ello que a continuación, te explicamos todo lo referente a la obtención de refugio o asilo en España, documentación que se solicita, derechos, deberes y demás datos útiles en caso de solicitarla. 

¿En qué consiste tener refugio? 

Según lo establecido por la Convención de Ginebra de 1951 y ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) el refugiado es un individuo que por “fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país”.

También se le considera refugiado, según la citada convención, a aquél individuo que “careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él”. 

En España, la Ley 12/2009 que regula el derecho de asilo expresa que la condición de refugio humanitario se valora en función de estos aspectos: 

  • Raza (color, origen o pertenencia a un determinado grupo étnico).
  • Religión (creencias teístas, no teístas y ateas, la participación o la abstención en cultos, actos o expresiones que comporten una opinión de carácter religioso, o formas de conducta personal o comunitaria basadas en cualquier creencia religiosa u ordenadas por ésta).
  • Nacionalidad (pertenencia a un grupo definido por su identidad cultura y lingüística, sus orígenes geográficos o políticos en común o su relación con la población de otro país).
  • Opiniones Políticas (emisión de opiniones, ideas o creencias sobre algo relacionado a los agentes de persecución y con políticas o métodos de ellos, aunque quien realiza la solicitud haya o no actuado a favor de tales opiniones, ideas o creencias).
  • Pertenencia a un grupo social determinado, si particularmente:
    • Quienes conforman ese grupo comparten características innatas y/o antecedentes comunes o creencias irrenunciables para ellos.
    • Si poseen una identidad que les haga percibirse como diferentes en el país de origen por la sociedad y/o agentes perseguidores.

Esta ley especifica que es también un refugiado el apátrida que carece de nacionalidad y se encuentra fuera del país donde vivía anteriormente y que, por los motivos que ya mencionamos, no puede o teme volver a él. 

Esta situación jurídica también implica  que el ciudadano no debe estar incurso en ninguna de las causas de exclusión que imponen las leyes españolas al respecto. 

Algunos de los actos que pueden ser motivo para solicitar refugio en España, según lo dispuesto por la ACNUR y las autoridades de ese país son: 

  • Actos de violencia física o psíquica. También se incluyen actos de violencia sexual.
  • Medidas legislativas, administrativas, policiales o judiciales que discriminen o que se apliquen de forma discriminatoria.
  • Procesamientos penales desproporcionados o discriminatorios.
  • Denegación de tutela judicial de las cuales se deriven  penas desproporcionadas y discriminatorias.
  • Procesamientos o penas por la negativa a prestar servicio militar en un conflicto en el que el cumplimiento de dicho servicio conllevaría delitos o actos que las leyes españolas figuran como tal. 
  • Actos de naturaleza sexual que afecten a adultos o a niños.

Documentos que se solicitan con la solicitud de asilo o refugio

La documentación que se solicita en España para poder tramitar el asilo o refugio es la siguiente: 

  • Fotocopia de su pasaporte o título de viaje, del que hará entrega si su solicitud es admitida a trámite.
  • Cuantos documentos estimen conveniente y pertinentes en apoyo de la solicitud (por ejemplo: cartas de amenazas graves a su persona y familia, recortes de prensa con comunicaciones de persecución o hechos cometidos contra el solicitante o familia, etc.)

Si por alguna razón el solicitante no puede entregar ningún tipo de documento probatorio, deberá explicar y justificar las razones de esta falta a las autoridades pertinentes. 

¿Quiénes pueden beneficiarse del asilo en España? 

Según las leyes de este país, quienes solicitan la protección del estado español deben cumplir con una serie de requisitos que las autoridades de este país deben constatar. 

En ese sentido, es importante que, en caso de querer beneficiarte de este derecho, deben existir motivos fundados para pensar que si llegaras a regresar a tu país te enfrentarías a un riesgo realmente grave. 

Según las leyes de este país, se considera como un daño grave a la seguridad del solicitante: 

  • Condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material;
  • La tortura y los tratos inhumanos o degradantes en el país de origen del solicitante;
  • Las amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno.

¿Quién podría considerarse solicitante de asilo en España? 

Todo aquél que haya solicitado protección internacional o de asilo y que no haya recibido una resolución sobre su caso con respecto a las autoridades españolas, puede considerarse un solicitante. 

De hecho, esta situación no debe revocarse según lo establecido en el principio de no devolución, el cual establece como un derecho el no ser devuelto al lugar donde la vida del solicitante se vea en entredicho. 

Derechos de un Solicitante de refugio

Cuando se adquiere la condición de solicitante, este individuo adquiere varios beneficios o derechos según lo establecido por la legislación española en la materia y las disposiciones internacionales al respecto. Es así, que estos derechos son: 

  • Un solicitante tiene derecho a asistencia jurídica gratuita e intérprete (en caso de necesitarlo)
  • Derecho a que se comunique su solicitud a ACNUR.
  • Derecho a la suspensión de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectar al solicitante. (Derecho a no ser devuelto a un lugar donde su vida o integridad física corra peligro).
  • Derecho a conocer el contenido del expediente en cualquier momento.
  • Derecho a la atención sanitaria.
  • Derecho a recibir prestaciones sociales específicas en los términos que se recogen en la Ley
  • Derecho a ser documentado como solicitante de protección internacional.

Deberes u obligaciones de un Solicitante de asilo

Los solicitantes, así como adquieren derechos, deben cumplir con obligaciones tales como: 

  • Cooperar con las autoridades españolas en el procedimiento para la concesión de protección internacional.
  • Presentar prontamente toda la documentación o pruebas necesarias que, aunado a su propia declaración, contribuyan a fundamentar su solicitud. Entre otras cosas, pueden presentar documentación relacionada a su identidad, edad, nacionalidad o nacionalidades, pasado (incluidos parientes), lugares de anterior residencia, solicitudes de protección internacional previas, itinerarios de viaje, documentos de viaje y motivos por los que solicita la protección.
  • Proveer a las autoridades sus huellas dactilares, permitir ser fotografiados y, en su caso, consentir que sean grabadas sus declaraciones, siempre que hayan sido previamente informados sobre ello.
  • Informar sobre su domicilio en España y cualquier cambio que se produzca en él. (Hay que tener en cuenta que cualquier comunicación por parte de las autoridades será notificada a este domicilio).
  • Informar, asimismo, a la autoridad competente o comparecer ante ella, cuando así se les requiera con relación a cualquier circunstancia de su solicitud. El incumplimiento de esta obligación, así como la no renovación de la documentación de la que se hubiera provisto al solicitante, puede dar lugar al archivo de la solicitud en el plazo de un mes según la legislación vigente.

¿Dónde podría solicitar asilo o protección internacional? 

Si deseas pedir protección internacional en España, puedes hacerlo en puestos fronterizos donde esté habilitada la entrada al territorio español como puertos o aeropuertos internacionales, en oficinas de extranjeros o en comisarías de policía autorizadas. 

Asimismo quienes se encuentren en centros de internamiento de extranjeros y que deseen beneficiarse de la protección internacional deben manifestarlo ante la dirección de ese recinto para que su petición sea trasladada a la comisaría que corresponda. 

Un dato importante a destacar es que las solicitudes de asilo se deben hacer fuera del país del cual el solicitante está huyendo. 

Es posible solicitar protección internacional en las Embajadas o Consulados españoles siempre que el solicitante esté fuera de su país de origen. En estos casos el embajador respectivo podría promover su traslado a España de manera que pueda presentar su solicitud conforme a lo dispuesto en las leyes. 

¿Es posible reunirme con mis parientes en España como refugiados? 

Según la legislación española, la reunificación familiar es un derecho reconocido a todos aquellos que sean refugiados o asilados en este país. Tan pronto se es beneficiario del derecho a refugio o asilo, las oficinas de ACNUR en España se encargará de gestionar lo referente al traslado de los familiares del refugiado según en donde se encuentren. 

A esta figura se le conoce como asilo por extensión  y para obtenerla, debes designar a las personas que dependen económicamente de tí o que conformen su núcleo familiar. Cuando todos se encuentren en el territorio español, deben comparecer personalmente junto al solicitante ante las autoridades y aportar su documentación personal. 

Otras solicitudes son las de acreditar la identidad de los familiares y proporcionar un relato creíble de la persecución sufrida en el país, demostrando por medio de pruebas o indicios suficientes el motivo para recibir el beneficio. 

Para poder recibir refugio en España junto a tu familia, también se hace necesario indicar tu domicilio e informar a las autoridades con la mayor brevedad posible sobre los cambios que se produzcan en este, así como quienes serán los que conformen el núcleo familiar. 

Normalmente la solicitud de asilo por extensión se realiza de manera individual pero hay casos en los cuales puede requerirse la presencia de alguno de los miembros de la familia en la reunión si las autoridades lo llegasen a requerir. 

El solicitante debe llenar y firmar un formulario, donde detallará de forma explícita los hechos que fundamentan la solicitud. En ese sentido, también debe consignar los documentos que prueben las identidades de sus familiares y en caso de no presentarlos, debe justificar la omisión. 

¿Cuánto puedo tardar en solicitar asilo o refugio?

La solicitud debe hacerse en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha en la que se entra al país, a menos que exista el supuesto en el que el extranjero esté disfrutando de un periodo de estancia legal superior al de un mes. 

Si por algún motivo la solicitud se deba a una causa sobrevenida en su país natal, se debe computar el plazo de un mes desde el momento en que hayan acontecido los hechos que justifiquen su miedo a ser perseguido. 

Retornar a mi país de origen o Reasentarme en otro país

En caso de querer regresar a tu país luego de ser considerado refugiado, debes acudir a las autoridades españolas para recibir la debida asesoría con respecto a los trámites que deben hacerse para lograr el retorno voluntario. Una de las condiciones más importantes es que este sea totalmente voluntario y se debe realizar en condiciones de seguridad y dignidad. 

En ocasiones quienes son refugiados no son capaces de retornar a su país de manera segura, ni tampoco permanecer en España. Es ahí cuando surge la figura del reasentamiento en un tercer país.  

La Ley 12/2009 (la cual se encarga de regular lo referente a los refugiados y protección subsidiaria de estos) establece que es posible realizar el reasentamiento en un país vecino, o bien, recibir refugiados que solicitan reasentamiento en España. Para ello el estado español se coordina con las organizaciones internacionales relevantes.

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