Residencia legal en España

Toda persona que desee residir en España de manera legal, deberá obtener un permiso de Residencia Legal.



Este permiso acredita al ciudadano extranjero la posibilidad de acceder a los bienes y servicios de la Nación sin sufrir rechazo o discriminación, pues le otorga los mismos derechos y deberes que a cualquier ciudadano español.

Además, al momento de solicitar algún empleo, afiliarse algún servicio, solicitar algún certificado, abrir un negocio, aperturar cuentas bancarias, entre otras tramitaciones, poseer permiso de residencia legal se vuelve un requisito indispensable.

Esto se debe a que junto al permiso de residencia, se le otorga al solicitante la tarjeta de residencia, la cual es un carnet que muestra, además de los datos personales, su huella dactilar y su fotografía, un número de identidad de extranjero  denominado NIE.

Por esta razón, resulta tan importante tramitar la residencia legal en España. Conocer ¿Cómo se obtiene? ¿Cuáles son los requisitos para obtenerla? Tipos de residencia que se obtienen, por cuánto tiempo tienen validez la tarjeta de residencia, cómo se puede renovar, cuánto tiempo demoran en otorgar el permiso, entre otras dudas con respecto a la residencia legal en España serán descritas a continuación.

¿Cómo obtener la residencia legal en España?

Ya que es imprescindible poseer la tarjeta de residencia y, junto a ella un NIE y por supuesto la residencia como tal, se debe hacer solicitud de la misma ante la Oficina de Extranjeros, o en su defecto, se podrá hacer solicitud de residencia en la Comisaría Policial que se encuentre ubicada cerca a la localidad de residencia.  

Vale la pena señalar que, muchas veces, se obtiene más rápido el NIE que la tarjeta de residencia como tal, y debido a que cada oficina de extranjeros lleva su paso, quizás sea de utilidad solicitar el NIE por separado, en especial cuando se requiere hacer tramites urgentes. La tramitación de la tarjeta de residencia no resulta problemática, y demora algunas semanas en ser expedida, sin embargo, quizás sea más provechoso tramitar por separado el NIE, a fin de ganar tiempo.

En efecto, en comparación a otros trámites, los requisitos para la solicitud no resultan tan demandantes. Aunque la lista a continuación no es un listado oficial de requisitos, pues el mismo no existe; ésta lista puede servir de guía para recopilar la documentación necesaria.

No obstante, estos requerimientos podrían variar conforme cada oficina aliste sus demandas.

Entre los documentos que usualmente son requeridos, tanto a los ciudadanos comunitarios como a los extracomunitarios, se encuentran:

  • Planilla de solicitud, original y tres copias.
  • 3 Fotografías tipo pasaporte debidamente identificadas.
  • Original y Copia del Pasaporte vigente.

Además de estos documentos base, la oficina de extranjeros pudiera hacer solicitud de un certificado médico, en especial si se procede de países que han sufrido epidemias. Asimismo, si se es familiar de un español o un residente español, se solicitará a la par el libro de familia, el DNI del familiar, el certificado de empadronamiento y el seguro médico.

Dado el caso de alguna circunstancia especial o específica, se hará solicitud de cierta documentación específica, por ejemplo, si el solicitante tiene una oferta de trabajo, se deberá adjuntar, junto a la documentación requerida, la oferta de contrato de trabajo.

Si por el contrario, el solicitante ha de trabajar por su cuenta, deberá consignar los documentos necesarios que demuestren que el mismo tiene la plena capacidad y cumple con los requisitos necesarios para desarrollar la actividad que presenta ante la oficina

Si por otra parte, el solicitante no ha de desempeñar ninguna labor en lo absoluto, deberá presentar pruebas suficientes de que posee los recursos necesarios para cubrir toda la estadía en territorio español y un seguro médico que lo respalde.

En caso de que el solicitante se encuentre estudiando en el país, deberá presentar prueba de su matriculación en una escuela debidamente acreditada, y junto a esta matriculación deberá presentar pruebas suficientes de que se cuenta con el dinero que costee la estadía en la Nación Española, además de un seguro médico.

Tipos de residencia que se obtienen

Es posible hacer solicitud de la residencia legal en españa de diferentes formas, dicho en otras palabras, se puede hacer solicitud de diferentes tipos de residencia, entre los cuales encontramos tanto la residencia temporal como la permanente, o bien la comunitaria entre otras.

Residencia Temporal:

La autorización de residencia temporal otorga al solicitante el permiso de permanecer de en territorio Español por un período de tiempo superior a los 90 días. Dicha autorización posee una duración de 1 año la cual podrá ser extendida hasta alcanzar un máximo de 5 años.

Podrán hacer solicitud de este tipo de residencia aquellas personas que no han de desempeñar en el país ningún tipo de actividad lucrativa y es concedido siempre y cuando se haya realizado previa solicitud del visado correspondiente, el cual es emitido en la oficina consular española de la localidad del ciudadano extranjero.

Este visado, de ser concedido, incluirá una autorización de residencia inicial y su vigencia se comenzará a contar desde que se ingrese a España, fecha que se hará constar a través del pasaporte.

Este visado concedido debe ser retirado personalmente por el interesado en un plazo no mayor a un mes desde el momento en el que fue notificado de su expedición, de lo contrario, se asumirá la renuncia del visado otorgado. Una vez retirado este documento se debe tener en cuenta que el ciudadano extranjero deberá ingresar a España en el período de vigencia del antes mencionado visado pues, la vigencia del mismo no supera los 3 meses de concesión.

Vale la pena acotar que una vez se haya ingresado a territorio español y un plazo que no supere el mes de estadía, se deberá hacer solicitud de manera personal de la Tarjeta de Identidad de Extranjero que le otorga, en primera instancia, éste permiso de residencia temporal.

Ahora bien, podrá obtener el permiso de residencia temporal todo extranjero que haya manifestado el propósito de fijar su residencia en territorio español por vez primera, o bien aquellos que hayan residido con anterioridad que no cumplan con los requisitos que se establecen para obtener el permiso permanentemente.

También se podrá conceder este permiso a aquellos extranjeros que no hubiesen podido renovar el permiso que ya las fue concedido habiendo permanecido de forma en España de forma continuada aún cuando haya permanecido en territorio español por dos años previos a la autorización concedida inicialmente.

Inclusive, aquellos extranjeros que puedan acreditar una permanencia continuada en territorio español sin permiso legal durante mínimo cinco años. De igual manera a aquellos extranjeros que acrediten la continua permanencia en territorio español durante al menos tres años, en los cuales coincida una situación excepcional o de arraigo acreditada donde se considere además de la estadía, la incorporación verdadera al mercado de trabajo, los vínculos familiares con españoles o extranjeros residentes o el otorgamiento anterior de la residencia.

Asimismo, el permiso de residencia temporal se concederá a las personas que se consideren desplazadas conforme a la Ley de Asilo. En algunos casos el asilo no es admitido, sin embargo, si el Ministro del Interior autoriza la permanencia de tal persona en territorio español por razones humanitarias según el Estatuto de Refugiado.

De la misma manera, se le concede el permiso de residencia aquellas personas que ingresen al país por razones humanitarias, especialmente en caso de haber sido víctimas de delitos xenófobos o racistas que han de justificar la autorización de la residencia.

Otro tipo de circunstancia excepcional se aplica a las personas colaboradoras de de las Autoridades españolas, tanto administrativas como judiciales, en caso de que exista interés nacional de por medio, o se procure la seguridad nacional,  estas razones justifican sin lugar a dudas prioridad en la autorización de la residencia.

Más allá de estas circunstancias excepcionales, se autorizará el permiso de residencia a todos aquellos nacidos en España que son hijos de padres extranjeros y los mismos residen legalmente en la Nación, el tipo de residencia que obtendrá será igual al que posea cualquiera de sus padres y no será necesario certificar la exención de visado.

Asimismo, aquellos extranjeros que residen en el país legalmente podrán juntar a algunos familiares con ellos, de acuerdo a los requerimientos de la Ley Orgánica 8/2000 y su normativa.

Se podrá renovar el permiso de residencia temporal por sucesivos períodos, a petición del interesado, si llegaran a suceder circunstancias similares a las de la solicitud inicial. Esto dilatará la validez del permiso a dos años cada trámite de renovación.

Requisitos para la solicitud del permiso de residencia

Además de los requisitos solicitados por la Oficina de Extranjeros, los cuales han sido mencionados anteriormente, se deberán presentar cierta documentación adicional al solicitar el permiso temporal de residencia cuando se hace solicitud por primera vez:

  • Visado vigente de residencia, o según sea el caso, de haber solicitado la exención de visado. De ser así, el solicitante deberá presentar pruebas suficientes que le acrediten como candidato a ser considerado incluido en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 49,2 del Reglamento de Extranjería.
  • Certificado Médico de naturaleza oficial, en caso de que el interesado no lo haya reportado o incluido en la obtención previa del visado.
  • Certificado de Antecedentes Penales el cual deberá ser expedido por las Autoridades correspondientes del País origen.
  • Se deberá acreditar los fondos que se posee, los cuales deberán ser suficientes para llevar una vida digna durante su estadía en la Nación, sumado a un seguro médico pertinente. Esta documentación será exceptuada en caso de las circunstancias excepcionales antes descritas.
  • De hacer solicitud de la residencia mediante reagrupación familiar, se deberá consignar toda la documentación necesaria para justificar los vínculos consanguíneos, documentación que deberá presentarse legalizada mediante las vías diplomáticas o mediante Apostilla.
  • Además, si el solicitante presentara alguna circunstancia excepcional, tal circunstancia deberá ser justificada.    

Residencia Permanente

Los ciudadanos miembros de algún país de la Unión Europea o algún otro país que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y aquellas personas que poseen algún familiar que haya residido en España legalmente por un período de cinco años sin interrupciones y que no sea miembro de algunos de los países arriba citados, podrán hacer solicitud permanente de la residencia por derecho inherente.

A la par, tendrán derecho de hacer solicitud de la residencia permanente aquellas personas que antes de que finalicen los cinco años antes mencionados convergen en circunstancias como:

  • El trabajador alcance la edad estipulada para la jubilación conforme a la Legislación Española, a fin de acceder al derecho de pensión, siempre y cuando haya laborado en España, ya sea por cuenta ajena o propia, durante al menos los últimos 12 meses y residido por un lapso superior a tres años de forma continuada en el país. Este lapso de tiempo no será exigido si el solicitante se encuentra casado con un ciudadano o residente legal de españa.
  • Igualmente, tendrá derecho de hacer solicitud aquel trabajador que se haya visto obligado al cese de sus actividades por causa de alguna incapacidad permanente, siempre y cuando haya residido en territorio español por lo menos durante dos años ininterrumpidos. Se exonera el mencionado lpso de tiempo si la incapacitación fue adquirida producto de un accidente laboral, o si padece de alguna enfermedad producida por el tipo o lugar de trabajo por cuenta ajena, casos que le otorgan al ciudadano el derecho de recibir una pensión, de la cual el Estado Español se haga responsable total o parcialmente.
  • También podrán tener derecho a hacer solicitud del permiso de residencia permanente aquellas personas que  practicando la actividad que les sostiene en otro Estado de la Unión Europea pero mantenga su residencia en el país de España, regresando a ésta a diario o por lo menos una vez a la semana. Esto se debe a que las actividades efectuadas en otro Estado de la Unión serán consideradas como si fuesen efectuadas en España.

Vale la pena aclarar que se consideran períodos de empleo tanto las ausencias o bajas debido a accidentes o enfermedades, como la suspensión de las actividades por parte de la empresa empleadora y los lapsos involuntarios de desempleo.

La residencia permanente expira por mantenerse fuera de España por períodos mayores a seis meses, entre otras cláusulas que el Estado considere.

Residencia Comunitaria

Si se posee la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Unión Europea, se podrá solicitar la residencia mediante el Registro de ciudadano comunitario. De este modo se obtiene el permiso de residencia permanente con autorización para trabajar en el territorio. Los requisitos son pocos y se obtiene respuesta inmediata, pero debe cumplir con los tales requisitos sin excepción.

Otra forma de obtener la residencia legal comunitaria es a través de un familiar comunitario residente en España. El vínculo será válido siempre y cuando los familiares sean: hijos propios, pareja, hijos de la pareja, padres y suegros. También se permitirá algunos casos de familiares extendidos siempre y cuando conviva por dos años con el ciudadano comunitario.

Este tipo de permiso de residencia posee una validez de 5 años, posteriormente se podrá optar por un permiso permanente que incluye el respectivo permiso de trabajo. Plazos de trámites

Regularmente el plazo máximo de resolución de solicitudes es de tres meses, sin embargo, en caso de solicitar la residencia por reagrupación familiar, o en caso de hacer solicitud por los hijos menores nacidos en España con progenitores extranjeros, o quien posea una autorización de trabajo verá los plazos de resolución reducidos a la mitad del tiempo.

¿Cómo renovar la residencia?

Si la tarjeta de residencia está próxima a perder validez se podrá renovar en la oficina de extranjeros presentando:

  • Original y Copia de la Tarjeta de Residencia
  • Original de la Planilla de solicitud junto a tres copias
  • Original y copia del Pasaporte
  • 2 Fotografías tipo pasaporte
  • En algunos casos se deberá presentar el visado de residencia o en su defecto la prórroga del mismo y el certificado médico.

Otras vías de obtener la residencia legal en España

Además de los permisos de residencia antes descritos, existen otras maneras de obtener la residencia legal siendo extranjero. Entre esas vías se pueden encontrar:

  1. Residencia otorgada a los estudiantes en españa. Es otorgada a quienes logren acreditar su debida inscripción en institutos oficiales. Este tipo de permiso es variable, según sea el caso y permitirá a quien lo obtiene trabajar medio tiempo dentro del área de la carrera en estudio.
  2. Por arraigo familiar también es posible obtener la residencia legal. Se podrá hacer solicitud de la misma si se tiene un hijo menor de edad nacido en territorio español o en caso de ser hijo de un ciudadano español. Este es un permiso temporal con duración de un año y con posibilidad de ser renovado.
  3. Otro tipo de arraigo pertinente para hacer solicitud del permiso de residencia es el arraigo social, el cual podrá ser acreditado o justificado si se ha vivido en la Nación Española por más de 3 años y sumado a esto, se posea los recursos económicos suficientes adquiridos a través de trabajo por cuenta propia o ajena o por poseer una oferta de trabajo estable o algún proyecto en el cual se haya sido considerado para llevar a cabo. Ya que se debe comprobar el arraigo a través de muchos medios, uno de los más efectivos es el certificado de empadronamiento, por lo que favorecerá al solicitante empadronarse desde que comienza su estadía en España.    

Referencias:

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